Nuevo régimen de promoción de inversiones

Días atrás fue publicado el decreto 268/020 que modifica el régimen de promoción de inversiones vigente. Se flexibilizan diversos requisitos con la clara intención de incentivar la ejecución de nuevas inversiones y fomentar el empleo. A continuación sus principales modificaciones:

 

Inversiones Computables:

 

  • Se incluyen las realizadas durante los 6 meses anteriores al ejercicio de presentación, en dicho ejercicio y hasta en los 10 siguientes.
  • Se elimina la restricción de que las inversiones ejecutadas con anterioridad a la presentación del proyecto no pueden superar el 20% del total.
  • Se aceptan inversiones en vehículos eléctricos (utilitarios y de pasajeros).
  • Se incluyen las inversiones realizadas en bienes incorporales que determine el Poder Ejecutivo.

 

Matriz de Indicadores:

 

  • Se modifican los porcentajes de ponderación de la matriz.
  • Se agrega un régimen simplificado basado en la generación de empleo.
  • Se amplía el margen de tolerancia al 20% respecto a la obtención del puntaje proyectado.

 

Beneficios:

 

  • La exoneración mínima de IRAE pasa a ser del 30%.
  • El plazo mínimo para la exoneración de IRAE pasa a ser de 4 años.
  • Se podrá imputar como crédito de IRAE hasta el 90% del impuesto de cada ejercicio.
  • El Impuesto exonerado puede llegar hasta el 100% del monto efectivamente invertido.
  • Se agrega devolución de IVA en adquisición de bienes muebles destinados al proyecto.

 

Vigencia:

 

  • Aplica a todos los proyectos presentados a partir de la fecha de publicación del decreto.
  • Quienes hayan presentado proyectos de inversión entre el 1 de mayo de 2020 y hasta 60 días desde la publicación, podrían optar tanto por el nuevo régimen como por el anterior (Dto. 143/018).